Fecha de actualización: 01 de abril de 2016
De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 45º en su fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez y su correlativo 5º en su fracción VII del Reglamento de Ingresos Propios de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, solo es aplicable el rubro correspondiente al procedimiento administrativo relativo a licencias, asimismo, en la actualidad esta Institución Educativa no cuenta con ningún trámite en relación a la explotación de dicho procedimiento, en consecuencia, no se obtienen recursos por ese concepto.​​